miércoles, octubre 14

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió que rechazar injustificadamente pagos con billetes o monedas de curso legal podría vulnerar los derechos de los consumidores e infringir las normas de protección al consumidor. La entidad recordó que, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), el dinero puesto en circulación por esta institución es de aceptación obligatoria para el pago de obligaciones privadas.

¿Los establecimientos pueden rechazar billetes de S/ 200?

Indecopi evaluó recientemente la política de un establecimiento comercial ubicado en Chimbote que no aceptaba billetes de S/ 200. Según la autoridad, el riesgo de posibles falsificaciones no justificaba rechazar de manera general todos los billetes de esa denominación.

El caso pone en discusión las restricciones que algunos negocios aplican a determinados medios de pago en efectivo. De acuerdo con Indecopi, los proveedores deben evitar prohibiciones generales que impidan utilizar dinero de curso legal sin una razón justificada.

¿Cuándo se puede justificar el rechazo de un billete o moneda?

La entidad precisó que cada situación debe evaluarse de manera particular antes de determinar si el rechazo del dinero está justificado.

Entre las circunstancias que requieren una revisión se encuentran las siguientes:

  • Posible falsificación: cuando el billete o la moneda presenta señales que generan dudas sobre su autenticidad.
  • Deterioro considerable: cuando el estado físico del dinero requiere verificar sus características.
  • Retiro de circulación: cuando se trata de una pieza monetaria que ya no se encuentra en circulación.

Por ello, la autoridad distingue entre revisar un billete o una moneda ante indicios concretos y establecer una prohibición general para aceptar una determinada denominación.

¿Los negocios pueden exigir pagos con tarjeta o billetera digital?

Indecopi señaló que los proveedores pueden promover el uso de tarjetas bancarias y billeteras digitales por motivos de seguridad, eficiencia o comodidad. Sin embargo, estas medidas no los eximen de cumplir las obligaciones previstas en la normativa aplicable.

La Ley Orgánica del BCR establece que los billetes y monedas puestos en circulación por el Banco Central son de aceptación forzosa para el pago de toda obligación privada.

En ese sentido, los establecimientos deben considerar las disposiciones vigentes al definir sus políticas de pago y evitar restricciones injustificadas que puedan afectar a los consumidores.

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