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El proceso de la pandemia resultado de la COVID-19, trajo consigo una situación de crisis económica al sector del negocio. La disminución de los aforos forzó a muchos a cerrar, sobre todo a aquellos que no podían desempeñar sus actividades por ser masivas.

A mediados del 2020, el gobierno decretó la ley N°1427, que modifica a la ley marco de Licencia de funcionamiento N°28976. Dicha ley permitía que las empresas puedan cambiar de giro económico con una aprobación automática.
Considerando importantes puntos en el marco de ambiente de las actividades económicas y condiciones de bioseguridad.

Giros

La Mgtr. Liliana Correa Rojas, coordinadora de la Escuela de Contabilidad de la Universidad César Vallejo, indicó que “es necesario que los administradores que hayan realizado el cambio de giro de su negocio, lo den a conocer a SUNAT, ya sean personas naturales o jurídicas. Ya que tiene una autoridad tributaria de conocer el giro que tomó la empresa, para efectos de determinar la capacidad contributiva, registro y tipo de empresa. En caso los administradores no informen el cambio, se impondrá una sanción correspondiente de hasta media UIT (Unidad Impositiva Tributaria)”.

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Actualmente la economía se está reactivando y muchos de las empresas que cambiaron de rubro económico han decidido quedarse como están por el beneficio que esto les conlleva.

Escenarios en el negocio

“Pueden presentarse tres escenarios: aquellos que migraron a otro giro en su momento y se han mantenido en ese tipo de negocio; aquellos que cambiaron a restobar y por disposiciones regresan a seguir con el rubro económico con el que iniciaron su negocio; y aquellos que no cambiaron de giro económico. Para los dos primeros casos, deben realizar el procedimiento de cambio de actividad económica a través de la página de SUNAT, ; si se dio por inactivo el negocio, solo es necesario generar la reactivación del RUC en la misma SUNAT; cabe resaltar que para la reactivación se debe cumplir los requisitos municipales que se les exige”, indicó la coordinadora.

Es preciso estar atentos a las modificaciones en la norma para evitar sanciones y gastos innecesarios. Con la experiencia adquirida y conociendo los procedimientos usted decide por cual camino apostar para que siga creciendo su actividad comercial.

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