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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través de un Decreto Supremo publicado ayer en edición extraordinaria del diario El Peruano puso algunos candados para la aplicación de la suspensión perfecta de labores.

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Una de las disposiciones que establece la norma, es que en el mes en que la empresa haya recibido el subsidio del 35% no podrá aplicar la figura de la suspensión perfecta a los trabajadores por los cuales el empleador percibe el referido subsidio.

Fuente: La República

Por otro lado, esto abarca a los trabajadores que reciban sueldos de hasta 1.500 soles y cuya empresa se haya acogido a este beneficio. También se modificaron otros requisitos para aplicar la suspensión.

Como se recuerda, las empresas pudieron acogerse a este subsidio del 35% que cubre a los trabajadores con sueldos de hasta 1.500 soles.

En cuanto a las comunicaciones de suspensión perfecta de labores realizados en mayo y cuyo argumento sea por afectación económica, a efectos de determinar el ratio de evaluación correspondiente, se deberá restar de la masa salarial de abril el subsidio de 35%.

Fuente: La República

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