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Los trabajadores del régimen laboral privado que presten servicios durante el feriado del 23 de julio tienen derecho a un triple pago, siempre que el empleador no les otorgue un descanso sustitutorio en otra fecha. Así lo recordó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), que también advirtió sobre las multas que podrían recibir las empresas que incumplan las normas relacionadas con los descansos remunerados en días feriados.

¿Quiénes reciben triple pago por trabajar el feriado del 23 de julio?

El 23 de julio, declarado feriado nacional por el Día de la Fuerza Aérea del Perú, constituye un día de descanso remunerado para los trabajadores del régimen privado.

Sin embargo, cuando un trabajador labora durante esa fecha y no recibe un descanso compensatorio que sustituya el feriado, la legislación laboral establece que le corresponde una remuneración adicional.

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En ese caso, el trabajador debe recibir:

  • La remuneración correspondiente al día feriado, que ya está incluida en el sueldo mensual.
  • El pago por la jornada efectivamente trabajada.
  • Una sobretasa equivalente al 100 % de la remuneración diaria por haber laborado durante el feriado.

Cómo se calcula el pago por trabajar en un día feriado

Sunafil explicó que el cálculo del beneficio depende de la remuneración diaria del trabajador.

Por ejemplo, si una persona percibe S/ 50 diarios y trabaja el 23 de julio sin descanso sustitutorio, recibirá:

  • S/ 50 por el feriado.
  • S/ 50 por el trabajo realizado.
  • S/ 50 adicionales por la sobretasa del 100 %.

En total, la remuneración correspondiente a ese día será de S/ 150.

La entidad también recordó que no se considera trabajo en día feriado cuando la jornada laboral comienza en un día laborable y finaliza durante el feriado.

Empresas podrían recibir multas por incumplir la norma

La Sunafil advirtió que los empleadores que no respeten los derechos relacionados con los descansos remunerados durante los feriados nacionales pueden ser sancionados con multas de hasta S/ 288,915.

El monto de la sanción dependerá del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados.

La entidad precisó que el incumplimiento de estas obligaciones constituye una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

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