El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia superior a los 55 millones de soles para financiar el pago del bono 100 soles, un beneficio excepcional dirigido a servidores públicos de distintos regímenes laborales. Este apoyo económico será entregado por única vez y deberá abonarse, como máximo, en enero de 2026. La medida, oficializada mediante decreto supremo, forma parte de los acuerdos alcanzados en la negociación colectiva estatal y busca cumplir con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.
Bono 100 soles: transferencia autorizada por el MEF
A través del Decreto Supremo Nº 005-2026-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, el MEF aprobó una transferencia de 55 millones 906,500 soles a favor de diversos pliegos del Gobierno nacional, gobiernos regionales y municipalidades. Los recursos provienen de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.
El detalle de los montos asignados a cada entidad se encuentra consignado en los anexos del decreto supremo, los cuales han sido publicados en la sede digital institucional del MEF. Según la norma, estos fondos están destinados exclusivamente a cubrir el costo del otorgamiento del bono excepcional de 100 soles a los servidores públicos beneficiarios.

Quiénes recibirán el bono excepcional de 100 soles
En los considerandos del decreto se precisa que el artículo 31 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (Ley Nº 32513) autoriza el pago del bono 100 soles a los servidores de los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos Nº 276, Nº 728 y Nº 1057, así como por las Leyes Nº 30057, Nº 29709 y Nº 28091.
Asimismo, se establece que este bono se paga por única vez, como máximo, en enero de 2026. El beneficio no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es pensionable y no forma parte de los beneficios laborales, de acuerdo con lo señalado en la normativa vigente.
Origen del bono y uso exclusivo de los recursos
El bono excepcional de 100 soles fue acordado en la cláusula Décima Segunda del Convenio Colectivo a nivel Centralizado 2025-2026, suscrito en el marco de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal (Ley Nº 31188) y el Decreto Supremo Nº 008-2022-PCM.
El decreto supremo también señala que los recursos transferidos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron aprobados, garantizando así que los fondos sean utilizados exclusivamente para el pago del bono a los servidores públicos correspondientes.




















