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El Indecopi sancionó al Banco de Crédito del Perú (BCP) por incumplir el beneficio de “cash back” ofrecido a un usuario de tarjeta de crédito, imponiendo una multa total de 6.22 UIT, equivalente a S/ 34,210. La decisión responde a la vulneración del deber de idoneidad y a la modificación de condiciones sin consentimiento del consumidor. Este caso refuerza la importancia del cumplimiento de las condiciones en servicios financieros en Perú.

Indecopi sanciona al BCP por incumplimiento de cash back

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa, en segunda instancia administrativa, confirmó la sanción contra el Banco de Crédito del Perú (BCP) tras determinar que la entidad no cumplió con el beneficio ofrecido.

Según lo establecido, el banco no otorgó la devolución mensual del 1 % de las compras realizadas con la tarjeta de crédito Visa Clásica Masiva del consumidor, pese a que este beneficio había sido previamente anunciado.

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Durante el procedimiento, el BCP argumentó que el “cash back” formaba parte de una campaña promocional temporal y que estaba sujeto a determinadas condiciones de consumo. Sin embargo, no logró sustentar estas restricciones ante la autoridad.

Por este incumplimiento, se impuso una multa de 2.44 UIT por vulnerar el deber de idoneidad establecido en el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Multa al BCP por modificar condiciones sin informar al consumidor

El Indecopi también determinó que la entidad financiera infringió el numeral c) del artículo 56.1 del Código, que prohíbe modificar las condiciones de un producto o servicio sin el consentimiento del usuario.

En este caso, el banco no acreditó haber informado oportunamente sobre cambios en el beneficio de “cash back”, lo que derivó en una multa adicional de 3.78 UIT.

De esta manera, la sanción total asciende a 6.22 UIT, equivalente a S/ 34,210. La decisión fue confirmada en segunda instancia, ratificando lo resuelto previamente por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (ORPS) de la sede regional.

La Resolución Final N.° 0014-2026/Indecopi-AQP se encuentra disponible para consulta pública.

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