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Gratificación 2023 multa | Este 15 de diciembre vence el plazo para que los empleadores del sector privado realicen el depósito correspondiente al pago de la gratificación por Navidad para sus trabajadores. Este beneficio, universal para los trabajadores del sector privado, es obligatorio para aquellos con contratos a plazo indeterminado, a plazo fijo o a tiempo parcial.

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Sin embargo, la Comisión de Economía del Congreso decidió no debatir los proyectos de ley que proponen el retiro de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de las AFP. Generando incertidumbre en medio de la expectativa de la población, afectada por la recesión económica.

El socio del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, destaca que el incumplimiento de esta obligación conlleva multas considerables. Oscilando entre 7,771.50 soles y 129,294 soles, dependiendo del número de trabajadores afectados y el monto de la UIT vigente. Además, se generan intereses hasta que se realice el pago.

Gratificación 2023 multa

Matos explica que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) inicia el proceso de imposición de multas verificando el cumplimiento de las obligaciones laborales mediante inspecciones y comprobaciones. Los inspectores pueden realizar visitas sorpresa, verificar datos y requerir información.

En caso de detectar incumplimiento, se emite un requerimiento de cumplimiento y, si la empresa no cumple, se emite un acta de infracción, dando inicio a la etapa sancionadora que podría resultar en una multa.

Además, EY Perú destaca la importancia de un cálculo correcto de la gratificación, considerando variables clave:

  • Remuneración y pagos variables: Se incluyen bonos, horas extras u otros pagos complementarios percibidos tres o más veces en el semestre.
  • Periodicidad del trabajo: El trabajador debe haber laborado al menos un mes entre julio y diciembre y estar activo al 15 de diciembre para recibir la gratificación completa. Si no está trabajando en la fecha de pago, recibe una gratificación proporcional.
  • Beneficios laborales: Solo se consideran los conceptos remunerativos, excluyendo beneficios no remunerativos y condiciones necesarias para la prestación del servicio.
  • Aportes y pagos de impuestos: La gratificación no está sujeta a aportes y contribuciones, pero se deben abonar bonificaciones extraordinarias por aportes a EsSalud y EPS. Además, está sujeta al impuesto a la renta de quinta categoría.
  • Deudas con el empleador: Las gratificaciones no pueden ser compensadas por deudas del trabajador con el empleador sin autorización expresa.

El incumplimiento de esta obligación está considerado como una infracción grave en relaciones laborales, subrayando la importancia de una planificación salarial adecuada para evitar sanciones o multas.

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