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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el Reglamento de la Ley N° 31047 de las/los trabajadoras y trabajadores del hogar; mediante el cual se establecen diversas disposiciones sobre sus derechos laborales reconocidos. Así informó Andina.

El documento es el resultado de un proceso de diálogo social con representantes de trabajadores y trabajadoras del hogar, así como con especialistas en el tema. 

Mediante el reglamento, se aprobaron disposiciones específicas sobre los derechos como: el contrato de trabajo escrito, la jornada de trabajo y descansos remunerados, la remuneración mínima vital, las gratificaciones legales, la compensación por tiempo de servicios. Asimismo, las vacaciones de 30 días, la seguridad social, la protección de la maternidad, entre otro; los cuales permiten lograr condiciones de trabajo decentes, dignas y justas.

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Además, se reafirma la prohibición legal de que se realicen descuentos sobre las remuneraciones que perciben las/los trabajadoras y trabajadores del hogar por; conceptos como alimentación, alojamiento, entrega de uniformes, equipos de protección, instrumentos o herramientas para la prestación del trabajo. 

Disposiciones del Reglamento

  • Contrato de trabajo del hogar: El reglamento precisa que el contrato necesariamente debe celebrarse por escrito, ya sea a plazo indeterminado o determinado, e independientemente del número de horas de labores.
  • Horario de trabajo y remuneración: El reglamento indica que la trabajadora no pueden exceder las 8 horas diarias y 48 horas semanales. Asimismo, la reducción de los días u horas de jornada de trabajo no genera reducción de la remuneración, salvo acuerdo escrito con la persona trabajadora del hogar.
  • Gratificaciones y CTS: La persona trabajadora del hogar tiene derecho a dos gratificaciones legales: una por Fiestas Patrias y otra por Navidad.
  • Descansos y vacaciones: El Reglamento precisa que la persona trabajadora del hogar, con residencia en el hogar; sin embargo, tiene derecho a un descanso mínimo de 12 horas continuas.
  • Sindicalización y protección contra despido: El reglamento precisa que el despido que tenga por motivación, directa o indirecta, la afiliación o participación en actividades sindicales de las personas trabajadoras del hogar es discriminatorio y, por tanto, nulo.

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