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Miles de empleadores en el país se preparan para cumplir con el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), una de las obligaciones laborales más importantes del año. Aunque el plazo habitual vence el 15 de noviembre, este 2025 la fecha límite se extiende hasta el lunes 17, dado que el día 15 cae en sábado. Esta medida permite a las empresas cumplir con el pago sin incurrir en infracciones ni sanciones, según lo dispuesto por la normativa laboral vigente.

¿Por qué se paga la CTS y a quién beneficia?

La CTS tiene como finalidad proteger al trabajador en caso de cese y constituye un derecho fundamental reconocido por ley. El abogado David Corthorn, de Editorial Economía y Finanzas (EEF), explicó que el depósito correspondiente a este noviembre 2025 abarca el período trabajado entre mayo y octubre del presente año.

Este beneficio aplica a todos los trabajadores del régimen laboral privado, con contrato fijo o indefinido, siempre que laboren un mínimo de cuatro horas diarias. En el caso de las pequeñas empresas, la cobertura se mantiene con un tope de hasta 90 remuneraciones diarias por año de servicio.

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Por el contrario, no califican los empleados a tiempo parcial ni aquellos que laboran en microempresas registradas en el REMYPE. “Uno de los errores más comunes es asumir que todos los empleados deben recibir CTS, cuando la ley establece límites claros según la jornada o el régimen empresarial”, subrayó Corthorn.

Multas por incumplimiento de la CTS

El incumplimiento del depósito o la falta de entrega de la hoja de liquidación puede generar sanciones económicas severas por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Estas se clasifican según su gravedad:

  • Infracción leve: no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días hábiles posteriores al depósito. Multa entre S/ 481 y S/ 83,032.
  • Infracción grave: no realizar el depósito íntegro o hacerlo fuera de plazo. Multa entre S/ 2,407 y S/ 139,742, dependiendo del tamaño de la empresa.

Además, si el depósito no se efectúa a tiempo, el empleador deberá abonar los intereses que el dinero hubiera generado en la entidad financiera correspondiente.

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