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El Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo N.º 069-2025-PCM, mediante el cual se modifican los lineamientos para la implementación de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal. Además, la norma está publicada en el boletín Normas de El Peruano y tiene como objetivo fortalecer la participación representativa de las organizaciones sindicales en los procesos de negociación colectiva centralizada.

Según lo dispuesto, cada una de las cinco confederaciones sindicales más representativas del sector público designará tres representantes. De esta forma, se asegura una presencia inicial equitativa en la mesa de negociación.

Designación proporcional en base a número de afiliados

El decreto establece que los seis representantes restantes, hasta completar los 21 que dispone la ley, serán asignados de forma proporcional, en función del número de afiliados que tenga cada confederación, respecto al total de miembros de las cinco confederaciones acreditadas. 

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Este esquema de representación busca reflejar con mayor precisión el peso organizativo de cada gremio en la estructura sindical del sector público.

Asimismo, para ser considerada una confederación sindical representativa, la organización debe tener alcance nacional y multisectorial, estar inscrita en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos y contar con el mayor número de afiliados dentro del universo de trabajadores públicos involucrados en la negociación colectiva centralizada.

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