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Los contribuyentes interesados en acogerse al Fraccionamiento Especial de deudas tributarias tienen hasta el 28 de febrero de 2025 para presentar su solicitud, según la Ley N° 32220, vigente desde el 30 de diciembre de 2024. Este programa permite regularizar las deudas tributarias a través de diferentes modalidades de pago, brindando a los ciudadanos una opción flexible para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Modalidades de pago disponibles

La Sunat ofrece tres modalidades para el pago de deudas tributarias:

  • Pago al contado: El contribuyente puede abonar el total de la deuda, menos el bono de descuento. Si solo se adeudan intereses y multas, el bono puede cubrir hasta el 100% de la deuda pendiente.
  • Pago sumario: Requiere una cuota inicial de al menos el 25% del monto de la deuda, con la posibilidad de saldar el saldo restante en tres cuotas mensuales.
  • Pago fraccionado: Permite fraccionar el saldo en hasta 72 cuotas mensuales, siempre que la cuota inicial sea al menos del 10% de la deuda y no sea inferior a S/ 260,00.

Recuerde que, al solicitar cualquiera de estas modalidades, el pago al contado o la cuota de acogimiento deben realizarse el mismo día de la presentación de la solicitud.

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Requisitos para acceder al fraccionamiento especial

Este fraccionamiento es aplicable a las deudas tributarias gestionadas por la Sunat, tales como el Impuesto a la Renta, IGV, ISC, derechos arancelarios, entre otros, siempre que estén exigibles al 31 de diciembre de 2023. Las deudas deben estar contenidas en órdenes de pago, liquidaciones aduaneras y resoluciones, incluso si se encuentran impugnadas o en cobranza coactiva. Además, los saldos de aplazamientos o fraccionamientos vigentes también pueden ser incluidos en este beneficio.

Una vez aprobada la solicitud, se suspende la cobranza coactiva y se levantan las medidas cautelares relacionadas. Para iniciar el proceso, los contribuyentes deben completar el Formulario Virtual N° 1707, disponible en el portal web de la Sunat.

Beneficios del fraccionamiento especial

Bono de descuento, que se aplica sobre los intereses y las multas con sus respectivos intereses, pero en ningún caso afecta el monto del tributo no pagado. Este bono se determina en función del rango total de las deudas que se pueden acoger al Fraccionamiento Especial: 

La tasa de interés del Fraccionamiento Especial, en la modalidad de pago sumario y fraccionado, es del sesenta por ciento (60%) de la TIM.

Solo se ofrece Garantías, entre otros supuestos, cuando el saldo de la deuda actualizada a la fecha de presentación de la solicitud, deducida la cuota de acogimiento, supere las 200 UIT. 

Para obtener más información sobre el Fraccionamiento Especial y todos los beneficios que tiene, los contribuyentes pueden visitar el micrositio especializado https://emprender.sunat.gob.pe/.

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