El pasado 15 de mayo venció el plazo legal para que las empresas del sector privado realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al primer semestre del año. Si el abono no se ha efectuado en la cuenta bancaria del trabajador, es fundamental conocer los derechos laborales que lo amparan y los pasos a seguir para presentar un reclamo.
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De acuerdo con Jimmy Huatuco, jefe de proyectos de Buk Perú, el incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave, sancionable con multas económicas según el tipo y tamaño de la empresa.
Pasos a seguir si no se ha recibido la CTS de mayo 2025
- Verificar con el área de Recursos Humanos o comunicarse directamente con el empleador para confirmar si hubo un error administrativo o de sistema.
- Si no se obtiene una respuesta satisfactoria, se puede presentar un reclamo ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
- Es importante guardar evidencia del vínculo laboral, como boletas de pago, contratos y constancia de afiliación a planilla.
Sanciones económicas por no depositar la CTS de mayo 2025
Según información del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), las multas por no realizar el depósito de la CTS varían según el tipo de empresa:

- Pequeñas empresas: de 0.45 a 4.50 UIT, lo que equivale entre S/ 2,408 y S/ 24,075.
- Medianas y grandes empresas: desde 1.57 hasta 26.12 UIT, es decir, entre S/ 8,400 y S/ 139,742.
Cambios recientes en el retiro de CTS
Una norma aprobada por el Congreso de la República permite el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Posteriormente, el acceso será restringido a situaciones específicas, como pérdida de empleo o casos de enfermedad grave como el cáncer.
La CTS es considerada un fondo de protección frente a la pérdida de empleo y no un bono extraordinario, por lo que su correcto cumplimiento por parte de los empleadores es clave para preservar la estabilidad económica de los trabajadores.