En los últimos días escuchamos sobre la ley de reprogramación y congelamiento de las deudas. Sin embargo, muchos interesados desconocen cuánto se reducirán los intereses con esta nueva norma. Por ello, en esta nota te compartimos la reducción de intereses según la categoría suscrita.
La Ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas dispone la creación del “Programa de garantías covid-19”.
El cual estará a cargo del Gobierno y otorgará garantías para reprogramar deudas hasta por un total de 5,500 millones de soles.
Los porcentajes de la garantía señalada solamente resultan aplicables si las empresas del sistema financiero reducen el costo del crédito en por los menos los siguientes porcentajes.
- Tasa de interés original o reprogramada (la que sea mayor) de hasta el 10% debe reducirse en 15%.
- Tasa de interés original o reprogramada (la que sea mayor) de 11% a 30% debe reducirse en 20%.
- Tasa de interés original o reprogramada (la que sea mayor) de 31% a más debe reducirse en 25%.
La reprogramación de deudas se dará por un mínimo de 6 meses y un máximo de 36 meses. Al respecto, el profesor de Pacifico Business School, Jorge Carrillo Acosta, consideró que las cuotas reprogramadas se reducirían de forma considerable.
Categorías de créditos
- De consumo de 10,000 soles. Con una tasa de interés anual (TEA) de 40% y un plazo de 36 meses, la tasa se reduciría en 25%.
Es decir, la nueva tasa sería de 30%, y la cuota bajaría de 447.41 soles a 405.71 soles, con un ahorro total de intereses de 1,501 soles en los 3 años.
- Mype de 20,000 soles. Con una tasa de interés anual de 36% y un plazo de 36 meses, la tasa se reduciría en 25%.
Así la nueva tasa sería de 27% y la cuota bajaría de 861.63 soles a 786.14 soles, con un ahorro total de intereses de 2,718 soles en los 3 años.
- Hipotecario de 200,000 soles. Con una tasa de interés anual de 10% y un plazo de 36 meses, la tasa se reduciría en 10%.
Por lo tanto, la nueva tasa sería de 9%, y la cuota bajaría de 6,413.14 soles a 6,327.31 soles, con un ahorro total de intereses de 3,086 soles en los 3 años.
¿Quiénes pueden y no pueden ser beneficiarios?
Los deudores que deciden acogerse al Programa de garantías covid-19 no generan deterioro en su calificación crediticia. Por lo tanto, las personas naturales y mypes deben cumplir con los siguientes criterios y condiciones para ser beneficiarios.
- Para créditos de consumo y personales. La deuda total en el sistema financiero no debe ser mayor a 10,000 soles al 31 de agosto del 2020.
Además, se excluye a quienes hayan accedido a a Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo, FAE-Agro u otro programa con garantía del Gobierno nacional.
- En los créditos hipotecarios para vivienda. El monto de origen no debe ser mayor a 250,000 soles, además de que el préstamo solo debe referirse a primera y única vivienda. Se excluyen los créditos Mivivienda.
- Los créditos mypes en el sistema financiero no deben exceder a los 20,000 soles al 31 de agosto del 2020.
También se excluye a quienes hayan accedido a a Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo, FAE-Agro u otro programa con garantía del Gobierno nacional
- Para los créditos vehiculares. El monto de origen no debe ser mayor a los 50,000 soles.
Asimismo, indica que dicho programa de reprogramación incluye a las obligaciones crediticias con las empresas del sistema financiero.
Siempre que al 29 de febrero del 2020 los beneficiarios registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial en los siguientes créditos: de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y los concedidos a las mypes.