El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo 1729, una modificación clave al Código de Protección y Defensa del Consumidor que refuerza la protección al consumidor en el comercio electrónico. La propuesta, impulsada por Indecopi, busca eliminar prácticas comerciales que distorsionan la libertad de elección en plataformas digitales y mejorar los mecanismos de atención de reclamos online. La norma introduce nuevas obligaciones para empresas nacionales y extranjeras que ofrecen productos o servicios en el mercado peruano.
Indecopi prohíbe prácticas comerciales coercitivas en plataformas digitales
La iniciativa fue presentada por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y aprobada por el Poder Ejecutivo del Perú mediante el Decreto Legislativo Nº 1729.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la prohibición expresa de prácticas diseñadas para distorsionar la voluntad del consumidor en entornos digitales. Estas incluyen suscripciones involuntarias, compras adicionales predeterminadas y el uso de interfaces engañosas que inducen a decisiones no deseadas.

«Con la incorporación del literal h) al artículo 56 del Código, estas prácticas se consideran ahora métodos comerciales coercitivos prohibidos, permitiendo al Indecopi sancionar a las empresas que utilicen interfaces engañosas en el comercio digital», sostuvo.
Con esta modificación, la autoridad podrá aplicar sanciones a proveedores que implementen mecanismos que afecten la transparencia y la libre elección en procesos de compra online.
Nuevas obligaciones para empresas que venden por internet en Perú
El Decreto Legislativo 1729 también establece que los proveedores que desarrollen actividades comerciales a través de plataformas digitales deben contar con sistemas de atención de reclamos accesibles y operativos de forma permanente. Estos mecanismos no podrán generar costos ni cargas innecesarias para el consumidor.
Asimismo, las empresas que operan desde el exterior y dirigen su oferta al mercado peruano estarán obligadas, como mínimo, a mantener activa una dirección de correo electrónico destinada a gestionar preguntas, reclamos, sugerencias y devoluciones.
«De esta manera, se garantiza que el derecho del consumidor a elegir libremente y a reclamar sea respetado también en el ámbito del comercio electrónico», manifestó Indecopi.
La entidad añadió: «Las modificaciones introducidas por el Indecopi refuerzan la capacidad sancionadora de la institución en el comercio que se realiza a través de las plataformas digitales, alineando al Perú con los más altos estándares internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)».
El Poder Ejecutivo dispone de un plazo de 180 días calendario para aprobar el reglamento que detallará la operatividad de estas obligaciones. No obstante, la norma entrará en vigencia desde el viernes 13 de febrero, marcando un nuevo marco regulatorio para el comercio electrónico en el país.




















