PUBLICIDAD

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi confirmó en segunda instancia administrativa una sanción contra Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros por no cumplir con el pago de la pensión de sobrevivencia a la viuda de un trabajador fallecido en un accidente laboral, ocurrido durante la ejecución de una obra de construcción.

Multa supera los 122 mil soles

La multa impuesta a la aseguradora asciende a 22.97 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que equivale a S/122,889.50. La decisión fue ratificada mediante la Resolución Final 0657-2025/SPC-Indecopi, que confirma la medida dictada por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque.

Incumplimiento del deber de idoneidad

Según la investigación realizada por la entidad, Mapfre no cumplió con brindar la cobertura establecida por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). De esta manera, vulneró lo establecido en el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que regula el deber de idoneidad en la prestación de servicios.

PUBLICIDAD

La sala determinó que la negativa injustificada de la aseguradora representó una conducta ilícita. Esta afectó directamente a la denunciante, dejándola en situación de desprotección económica tras la pérdida de su cónyuge.

Se ordena pago de la pensión a la viuda

Además de la sanción económica, la SPC confirmó la medida correctiva dispuesta en primera instancia. Esta obliga a Mapfre a realizar el pago de la pensión de sobrevivencia a favor de la viuda afectada en un plazo de 15 días.

Este fallo reafirma el rol de Indecopi como entidad encargada de hacer cumplir los derechos de los consumidores en situaciones de especial vulnerabilidad, como es el caso de los beneficiarios del SCTR.

PUBLICIDAD

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor, ingresa tu comentario
Por favor, coloca tu nombre aquí