El Indecopi informó que la comisión de su oficina regional en Cajamarca confirmó la sanción contra Scotiabank Perú S.A.A. por no acreditar medidas de seguridad adecuadas en operaciones realizadas con la tarjeta de crédito de un cliente. La resolución determinó que la entidad financiera vulneró el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no demostrar que las transacciones cuestionadas se efectuaron bajo protocolos de validación seguros ni que se verificó la identidad del titular en los consumos observados.
Multa de 3.78 UIT y desestimación del recurso de apelación de Scotiabank
La Comisión ratificó una multa de 3.78 unidades impositivas tributarias (UIT) luego de desestimar el recurso de apelación presentado por el banco. Scotiabank no logró acreditar ante la autoridad que los consumos cuestionados fueron realizados con la verificación de identidad del usuario ni bajo protocolos de seguridad que cumplan con las obligaciones establecidas por la normativa de protección al consumidor.
El Indecopi precisó que la Resolución Final N.° 0065-2026/INDECOPI-CAJ agota la vía administrativa, por lo que su cumplimiento es de carácter obligatorio para la entidad financiera.

Medidas correctivas: devolución de montos, corrección del historial crediticio y costos del proceso
Además de la multa, la autoridad dispuso medidas correctivas inmediatas que el banco deberá cumplir en un plazo de 15 días hábiles. Entre estas se encuentran las siguientes obligaciones:
- Extornar a la tarjeta del cliente afectado el monto correspondiente a las operaciones no reconocidas, incluyendo los intereses, comisiones y penalidades generadas.
- Rectificar el historial crediticio del consumidor ante las centrales de riesgo.
- Asumir los costos derivados del proceso administrativo.




















