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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) anunció importantes beneficios tributarios para este año, permitiendo que las personas naturales con ingresos anuales superiores a 7 UIT puedan deducir gastos relacionados con su vida diaria. Este incentivo podría traducirse en una reducción significativa del impuesto a la renta (IR), siempre que los contribuyentes cumplan con ciertos requisitos y acrediten sus gastos adecuadamente.

Tipos de gastos deducibles y porcentajes aplicables

Los contribuyentes podrán reducir su base imponible al sumar porcentajes específicos según el tipo de gasto realizado. Entre los conceptos considerados están:

  • Hoteles y restaurantes: se deduce el 15% del gasto efectivamente pagado, siempre que se cuente con los comprobantes de pago correspondientes. Este beneficio aplica a gastos realizados a partir del 1 de enero de 2019.
  • Servicios médicos y odontológicos: incluye pagos realizados por la atención del propio contribuyente, sus hijos menores de 18 años, hijos mayores con discapacidad inscritos en Conadis, cónyuge o concubina/o. Es obligatorio que el médico u odontólogo emita un recibo por honorarios electrónico, registrando también el medio de pago en el Sistema de Emisión Electrónica de la Sunat.
  • Aportaciones a EsSalud: las contribuciones realizadas al Seguro Social de Salud (9% de la remuneración) por trabajadores del hogar también son deducibles. El empleador debe registrar al trabajador y a sus derechohabientes en el sistema correspondiente, acreditando los pagos mediante el Formulario Nº 1676, ya sea en formato físico o virtual.

Límites y condiciones para la deducción adicional

El monto máximo a deducir no puede superar las 3 UIT, equivalente a 16,050 soles para 2025. Este beneficio, conocido como «Deducción adicional de 3 UIT», está diseñado para incentivar el consumo y formalizar ciertos sectores económicos. Para acceder a él, es fundamental conservar los comprobantes de pago y cumplir con las normativas exigidas por la administración tributaria.

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Para conocer si un contribuyente o negocio cumple estos requisitos, se puede ingresar a https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrS00Alias

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