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El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), aprobó una norma que permitirá a los ex trabajadores mantener su seguro de vida ley. Esto incluso después de culminar su vínculo laboral, mediante una solicitud realizada por canales físicos o virtuales.

La disposición se oficializó mediante el Decreto Supremo N° 003-2025-TR.

Cambios en el reglamento de beneficios sociales

La norma modifica el artículo 3 del Decreto Supremo N° 003-2011-TR, que regula los beneficios sociales y establece el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley. A partir de ahora, cualquier trabajador que desee mantener su seguro tras dejar su empleo, deberá solicitarlo directamente a la empresa aseguradora, por escrito y a través de medios presenciales o digitales.

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El seguro mantendrá las condiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), según las disposiciones técnicas vigentes.

El trabajador asumirá el pago de la prima

Tal como lo establece el Decreto Legislativo N° 688, la prima del seguro la asumirá íntegramente el ex trabajador. Asimismo, se calculará en función de su última remuneración. Este monto se reajustará periódicamente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Con esta medida, el Gobierno busca facilitar el acceso y continuidad del seguro de vida ley, fortaleciendo la protección del trabajador más allá del ámbito laboral.

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