Faltan dos semanas para el vencimiento del plazo legal para el pago de las gratificaciones por Fiestas Patrias. Según la norma vigente, el depósito debe realizarse como máximo el 15 de julio de 2025.
El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) recuerda que incumplir con esta obligación constituye una infracción grave y conlleva sanciones económicas diferenciadas, según el régimen laboral y el tipo de empresa.
Multas por no pagar gratificación: montos según tipo de empresa
De acuerdo con el Decreto Supremo 008-2020-TR, las multas laborales se clasifican en tres escalas. Para el año 2025, se calcula sobre la base de una UIT de 5,350 soles.

- Microempresas: hasta S/ 2,407.5 de multa máxima.
- Pequeñas empresas: hasta S/ 24,075.
- Medianas y grandes empresas: la sanción puede alcanzar los S/ 139,742.
La cantidad de trabajadores afectados también influye en el cálculo final de la multa. Mientras más personas resulten perjudicadas, mayor será el monto a pagar.
Empresas en Remype tienen límites especiales de sanción
Las empresas inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype) tienen un tope adicional: la multa no puede exceder el 1 % de sus ingresos netos del año anterior al procedimiento.
Por ejemplo, si una pequeña empresa inscrita en el Remype generó S/ 500,000 de ingresos netos en 2024, la multa máxima que puede recibir en 2025 es de S/ 5,000.
Este límite aplica únicamente si se trata de un mismo procedimiento sancionador y si la empresa mantiene su condición registrada.