El Indecopi sancionó a dos entidades del sistema financiero en el Perú tras determinar que aplicaron criterios de edad sin justificación objetiva en la oferta de créditos. Según la autoridad, estas prácticas constituyen una forma de discriminación hacia los consumidores. Las multas fueron impuestas luego de evaluarse casos en los que se establecieron rangos etarios que restringían el acceso a productos financieros sin sustento técnico, en contravención del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Indecopi sanciona a financieras por límites de edad en créditos
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi informó que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna fue multada con 8 UIT por incluir restricciones de edad en su producto “Crédito Multioficios”.
De acuerdo con la resolución, la entidad establecía que solo podían acceder al crédito personas desde los 20 años, sin presentar una justificación técnica o económica que respalde dicho criterio.

El organismo señaló que esta condición afectaba a consumidores menores de esa edad al limitar su acceso al producto financiero sin una base objetiva.
Cooperativa recibió sanción por excluir a adultos mayores
En otro caso, el Indecopi impuso una multa de 5 UIT a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco por establecer un rango de edad entre 18 y 63 años para su “Crédito Personal”.
Según la autoridad, esta condición excluía a adultos mayores del acceso al producto crediticio sin sustento técnico, lo que desincentivaba su participación en el sistema financiero.
El organismo precisó que las entidades pueden evaluar el riesgo crediticio, pero deben basarse en criterios como la capacidad de pago y no en características personales como la edad.
Indecopi y normas contra la discriminación en el sistema financiero
El Indecopi recordó que el Código de Protección y Defensa del Consumidor prohíbe prácticas que limiten el acceso a productos o servicios sin una justificación razonable.
En ese sentido, indicó que las decisiones sobre otorgamiento de créditos deben sustentarse en evaluaciones objetivas vinculadas al perfil financiero del solicitante.
La entidad precisó que ambos casos corresponden a resoluciones de segunda y última instancia administrativa, y que tienen carácter público.




















