La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en el Perú es un beneficio laboral dirigido a los trabajadores del régimen de la actividad privada que cumplan una jornada mínima de 4 horas diarias en promedio. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó las condiciones para acceder a este derecho, así como los plazos de depósito semestral y las sanciones aplicables a los empleadores que incumplan con su pago dentro del periodo establecido por la normativa vigente.
CTS en el Perú: requisitos para trabajadores del régimen privado
El MTPE estableció que tienen derecho a la CTS los trabajadores del régimen laboral privado que laboren, en promedio, al menos 4 horas diarias. Este criterio se evalúa considerando la jornada semanal, la cual debe equivaler a no menos de 20 horas en el caso de cinco días de trabajo o 24 horas si se laboran seis días a la semana.
De acuerdo con la normativa, el derecho a la CTS se adquiere luego de cumplir un mes de prestación efectiva de servicios. Una vez alcanzado este requisito, el empleador está obligado a realizar los depósitos semestrales en la entidad financiera elegida por el trabajador.

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Óscar Fernández Cáceres, explicó el propósito del beneficio.
“La CTS es un beneficio social que se otorga al trabajador con la finalidad de que pueda cubrir sus necesidades y las de su familia en caso de desempleo. Se abona en la primera quincena de mayo y noviembre respectivamente”, indicó.
Fechas de depósito de la CTS y obligaciones del empleador
El depósito de la CTS se realiza dos veces al año. El primer pago corresponde al periodo noviembre-abril y debe efectuarse hasta el 15 de mayo. El segundo corresponde al periodo mayo-octubre y debe depositarse hasta el 15 de noviembre.
En caso de que el trabajador no haya completado un mes de servicios al 30 de abril o 31 de octubre, el cálculo de la CTS se acumula y se deposita junto con el siguiente periodo correspondiente.
El MTPE precisó que el incumplimiento del depósito dentro del plazo establecido constituye una infracción grave en materia laboral, conforme al Decreto Supremo N.º 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
Esta omisión puede generar sanciones económicas para el empleador, las cuales se determinan en función del número de trabajadores afectados y el régimen laboral correspondiente.
Días considerados para el cálculo de la CTS en el Perú
La normativa también establece qué días se consideran como efectivamente laborados para el cálculo de la CTS. Entre ellos se incluyen:
- Inasistencias por accidente de trabajo o enfermedad profesional, o enfermedades comprobadas, hasta por 60 días al año.
- Días de descanso pre y post natal.
- Suspensión de la relación laboral con goce de remuneración.
- Días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal.
- Días con remuneración en procesos de calificación de despido.
Estas disposiciones buscan precisar los criterios de cálculo del beneficio laboral y garantizar su correcta aplicación en el sector privado.




















