Para proteger a los trabajadores y se reincorporen al trabajo, los empleadores deberán contar con un plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o en su caso por el supervisor de seguridad y salud en el trabajo.
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Esto en aplicación de los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al nuevo coronavirus, aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 239-2020 Minsa.
Características
En primer lugar, el plan debe incluir actividades, acciones e intervenciones que aseguren la limpieza y desinfección de los centros de trabajo.
También deben garantizar el lavado y desinfección de manos obligatorio, la sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo y, medidas preventivas de aplicación colectiva.
Se exige además que el documento contenga actividades, acciones e intervenciones que aseguren medidas de protección personal así como la vigilancia de la salud del trabajador.
Por otro lado, el plan debe especificar el número de trabajadores, riesgo de exposición por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano y bajo).
Medidas específicas
En el proceso de reincorporación al trabajo orientado a trabajadores que cuenten con alta epidemiología covid-19.
Finalmente, como medida de vigilancia de la salud se controlará la temperatura corporal de cada trabajador al momento de ingresar al centro de trabajo y al finalizar la jornada laboral.
Datos
Asimismo, el plan exigido prevé 7 lineamientos de aplicación obligatoria. Así, estos se refieren a la limpieza y desinfección de los centros de trabajo; evaluación de la condición de salud del trabajador previo al retorno.
Fuente: Andina
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