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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), ha establecido nuevas reglas para el manejo de tarjetas de crédito y débito, con lo cual posterga su entrada en vigencia hasta el 1 de enero del 2021.

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Estas modificaciones tienen el objetivo de reforzar las medidas de seguridad y resguardar los derechos de los usuarios de las tarjetas de crédito y débito.

Por ello, se disponen determinados mandatos vinculados a la contratación de financiamientos adicionales asociados a las tarjetas de crédito.

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Fuente: Andina

Nuevo reglamento

La modificación del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito permitirá la emisión de dichos instrumentos de pago de manera electrónica, y no solo en tarjetas de plástico.

Además,esto hará de las tarjetas de crédito un instrumento de pago que puede tener un soporte físico o una representación electrónica.

Por otro lado, tras la ausencia de regulación, algunos bancos otorgaban una línea de crédito en cuotas que iba adosada a la tarjeta de crédito, lo que la norma busca ahora es que esto sea registrado de manera separada.

Esto le da más transparencia y hace que el banco registre la operación como debe ser.

Tarjetas innominadas

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Fuente: Gestión

Asimismo, la norma permitirá la existencia de tarjetas innominadas, es decir, que no se ponga el nombre del titular en el plástico.

Con la tarjeta innominada, se permite que haya otro mecanismo de identificación, que sería un PIN, como pasa con la tarjeta de débito.

Esto aumentaría la seguridad, ya que no aparecería su nombre en la tarjeta y, como saben su PIN, ya no se falsificaría la firma.

De esa forma, esta norma busca bajar esa incidencia y que el usuario sea consciente de cómo puede protegerse.

La norma detalla cuáles son los casos en que el cliente tiene la razón, como en la suplantación de usuario en oficinas, clonación, o cuando el cajero funciona defectuosamente.

Finalmente, la norma indica que esto no será culpa del cliente, sino que ese cargo será responsabilidad del banco. Pues, la gente debe ser consciente que la tarjeta de crédito es un instrumento de pago, y no debe ser una forma de adquirir deuda.

Fuente: Andina

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