La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que más de 375,000 personas naturales sin negocio ya presentaron su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2025, a pocos días del inicio del cronograma oficial de vencimientos. El trámite se realiza a través del Formulario Virtual N.° 709, disponible en la web institucional y en la aplicación móvil para contribuyentes.
Sunat registra aumento en presentación de Declaración de Renta 2025
De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, el número de declaraciones presentadas muestra un incremento del 117 % en comparación con el año anterior, lo que evidencia una mayor anticipación de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
El Formulario Virtual N.° 709 puede ser utilizado desde el portal institucional y mediante la APP Personas, permitiendo la presentación de la declaración desde dispositivos móviles.

El cronograma de vencimientos de la Declaración de Renta 2025 inicia el 27 de mayo de 2026, de acuerdo con el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Cronograma de vencimientos para la Declaración de Renta 2025
La Sunat estableció el siguiente calendario de vencimientos para personas naturales sin negocio:
- 0: 27 de mayo de 2026
- 1: 28 de mayo de 2026
- 2: 29 de mayo de 2026
- 3: 1 de junio de 2026
- 4: 2 de junio de 2026
- 5: 3 de junio de 2026
- 6: 4 de junio de 2026
- 7: 5 de junio de 2026
- 8: 8 de junio de 2026
- 9: 9 de junio de 2026
- Buenos contribuyentes y no obligados a RUC: 10 de junio de 2026
Este cronograma permite ordenar la presentación progresiva de las declaraciones y evitar la congestión en el sistema digital.
Quiénes deben presentar la Declaración de Renta 2025
La obligación de presentar la declaración corresponde a personas naturales sin negocio que durante el ejercicio 2025 hayan registrado determinadas condiciones tributarias.
Entre los casos establecidos se encuentran los contribuyentes con rentas de quinta categoría que hayan deducido gastos de arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles, así como quienes tengan rentas de cuarta y quinta categoría o ingresos de fuente extranjera con saldo a favor.
También están incluidos quienes presenten saldo a pagar por rentas de primera, segunda, cuarta o quinta categoría, así como aquellos que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores aplicados contra el impuesto o pagos a cuenta.
Sunat habilita información referencial para contribuyentes
Como parte del proceso, la Sunat pone a disposición de los contribuyentes un archivo personalizado con información referencial, el cual debe ser verificado, completado o modificado antes de enviar la declaración.
Este documento incluye datos sobre rentas obtenidas, gastos deducibles, retenciones, pagos del Impuesto a la Renta y retenciones del Impuesto a las Transacciones Financieras.
Para mayor información sobre cronogramas y facilidades del proceso, los contribuyentes pueden consultar el portal oficial renta.sunat.gob.pe.




















