En el marco de las celebraciones por el Día de la Canción Criolla y Halloween, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que los establecimientos comerciales deben informar previamente si aplican recargos por pagos con tarjetas de crédito. La medida busca garantizar que los consumidores conozcan el precio final de los productos o servicios y puedan decidir cómo realizar sus pagos sin recibir cobros adicionales inesperados.
Pagos con tarjeta: ¿los comercios pueden cobrar recargos?
El Indecopi precisó que los establecimientos como restaurantes, bares y otros negocios pueden aplicar recargos o comisiones por el uso de tarjetas de crédito, siempre que informen previamente a sus clientes sobre esta condición.
La información debe presentarse de manera clara, visible y oportuna, indicando el monto adicional o la comisión que corresponde según el medio de pago utilizado.
De esta manera, los consumidores deben conocer el precio que pagarán antes de realizar una compra o solicitar un servicio.
¿Qué hacer si un establecimiento no informa sobre el recargo?
Si un comercio no comunica previamente la aplicación de un recargo por pagar con tarjeta, no puede obligar al consumidor a asumir ese cobro adicional. En ese caso, debe respetar el precio establecido para el producto o servicio.
Ante una situación de este tipo, el consumidor puede tomar las siguientes medidas:
- Solicitar el Libro de Reclamaciones del establecimiento.
- Conservar el comprobante de pago.
- Guardar otras pruebas que permitan acreditar el cobro adicional.
- Presentar su reclamo ante el Indecopi.
Estas acciones permiten dejar constancia de lo ocurrido y contar con elementos para sustentar una eventual denuncia.
Indecopi puede imponer multas de hasta 450 UIT
La entidad recordó que el incumplimiento del deber de información constituye una infracción que puede ser sancionada con una amonestación o una multa de hasta 450 UIT, dependiendo de las circunstancias de cada caso.
Por ello, los establecimientos comerciales deben comunicar oportunamente cualquier comisión o recargo asociado al medio de pago, mientras que los consumidores tienen derecho a conocer el precio final antes de concretar sus operaciones.
