La lista de negocios que podrán funcionar a partir de este lunes fue publicada dentro del decreto que extiende el estado de emergencia e incluye actividades como peluquerías, servicios de comercio electrónico y clínicas odontológicas.
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El Gobierno publicó el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM por el cual se oficializa la ampliación del estado de emergencia nacional para enfrentar el coronavirus (COVID-19) hasta el martes 30 de junio.
Dicha normativa completa un Anexo que detalla las actividades económicas que estarán permitidas desde este lunes 25, La mostramos a continuación.
a) En primer lugar, adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
b) También, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
c) Asimismo, entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
d) También, producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
e) Además, Servicios necesarios para la distribución y transporte de materiales educativos; el almacenamiento, transporte, preparación y/o distribución de alimentos.
f) Del mismo modo, servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo.
g) Finalmente, servicios técnicos y profesionales independientes como técnicos de informática, gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, servicios de peluquerías y cosmetología.
Fuente: RPP
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