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Los trabajadores independientes que generan rentas de cuarta categoría, como aquellos que emiten recibos por honorarios, pueden evitar la retención del 8% de su ingreso correspondiente al Impuesto a la Renta (IR) si solicitan la suspensión de retenciones y pagos a cuenta de dicha renta, a partir del 1 de enero de cada año. Para acogerse a este beneficio, los trabajadores deben cumplir con un requisito fundamental: que sus ingresos no superen los S/ 3,755 mensuales o S/ 45,063 anuales, montos establecidos para el año 2024.

Requisitos para la suspensión de retenciones

Los trabajadores que deseen solicitar la suspensión de retenciones deberán estimar sus ingresos anuales. Sunat actualiza los topes de ingresos cada año. Para 2024, quienes obtengan ingresos por funciones específicas, como directores de empresas, síndicos o mandatarios, deberán ajustarse a un límite mensual de S/ 3,004 o un máximo de S/ 36,050 anuales. En caso de superar estos montos, no podrán acogerse a la suspensión de retenciones.

Es importante destacar que la solicitud de suspensión de retenciones debe ser presentada ante la Sunat, con base en una proyección del nivel de ingresos que se espera obtener durante el año fiscal.

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¿Qué sucede si se superan los ingresos proyectados?

Un empleador planteó una consulta a Sunat respecto a qué hacer en caso de que el nivel de ingresos de un trabajador supere el tope establecido durante el año. ¿Debe el empleador seguir aplicando la suspensión o iniciar las retenciones correspondientes? Además, preguntó qué hacer si un trabajador obtiene la autorización de suspensión de retenciones, pero sus ingresos claramente superan el límite permitido. ¿El empleador está obligado a realizar la retención del impuesto?

Sunat fue clara en su respuesta: el empleador no debe realizar la retención del IR por rentas de cuarta categoría si el trabajador presenta una constancia de suspensión de retenciones vigente. Esto aplica incluso si los ingresos del trabajador superan los montos establecidos como tope (según el oficio N° 000021-2024-SUNAT/7T0000).

Este criterio fue establecido en respuesta a la consulta de un trabajador bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), quien genera rentas de cuarta categoría. Sin embargo, Katarzyna Dunin Borkowski, experta en consultoría tributaria y aduanera de PwC, aclaró que este criterio es aplicable a todos los trabajadores independientes que generen rentas de cuarta categoría.

Consecuencias de proporcionar información incorrecta

Sunat establece que el empleador debe guiarse por el documento entregado por el trabajador, incluso si este contiene información incorrecta. Si el empleador realiza la retención de impuestos en un caso en que el trabajador ha presentado una constancia de suspensión, la retención sería considerada indebida.

No obstante, el trabajador que proporciona información incorrecta a la Sunat puede incurrir en una infracción tributaria. Según el numeral 6 del artículo 177 del Código Tributario, si un trabajador presenta una solicitud de suspensión de retenciones sin tener derecho a ello, estará sujeto a sanciones y podría recibir una multa. La sanción equivale al 0.3% de los ingresos netos del año anterior, con un tope mínimo del 10% de una UIT y un máximo de 12 UIT.

Multas por información incorrecta

Katarzyna Dunin Borkowski subrayó que, en caso de que un trabajador declare de manera errónea su suspensión de retenciones, no solo deberá pagar posteriormente el impuesto omitido, sino que también podría enfrentarse a una multa. La multa se calculará en función de los ingresos netos del año anterior.

Un ejemplo típico de cómo Sunat podría detectar una infracción es a través de su sistema de control, en el que se puede observar el nivel de ingresos del trabajador. Si, por ejemplo, una persona que gana S/ 8,000 mensuales solicita la suspensión de retenciones desde el inicio del año y, posteriormente, supera los S/ 45,063 anuales, Sunat detectaría la irregularidad.

Asimismo, durante la presentación de la declaración jurada anual, si el trabajador tiene un saldo considerable por pagar, será evidente que suspendió pagos a cuenta de manera incorrecta, lo que lo haría incurrir en la infracción mencionada.

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