PUBLICIDAD

Los días lunes 23 y martes 24 de diciembre han sido establecidos como días no laborables recuperables para el sector público, según el Decreto Supremo No. 011-2024-PCM. Estos días no afectarán las obligaciones tributarias, por lo que se consideran hábiles para esos fines. Sin embargo, el sector privado tiene la opción de acoger estos días no laborables de manera voluntaria, dependiendo de un acuerdo entre empleador y trabajador.

Cómo compensar las horas no trabajadas el 23 y 24 de diciembre

Para el sector público, las horas no trabajadas durante estos días deberán ser compensadas dentro de los diez días siguientes o en el momento que el titular de cada entidad considere necesario. En el sector privado, si las empresas deciden adherirse a los días no laborables, será el empleador quien acuerde con los trabajadores cómo se compensarán las horas no trabajadas. Si no existe un acuerdo, el empleador tendrá la última palabra.

En sectores específicos como el de salud, seguridad, comunicaciones o transporte, las empresas están autorizadas para determinar qué puestos de trabajo continuarán funcionando, garantizando así la prestación de servicios esenciales.

PUBLICIDAD

Feriado de navidad: derechos y pagos

El miércoles 25 de diciembre, día de Navidad, es un feriado obligatorio tanto para el sector público como privado. A diferencia de los días no laborables, el feriado no requiere que el trabajador devuelva las horas no trabajadas. En caso de que un trabajador labore durante este día, recibirá una compensación adicional. El pago será doble, es decir, recibirá el pago normal por el día trabajado y un extra equivalente al doble de su jornal diario.

Por ejemplo, un trabajador con un salario mensual de S/ 1,500, cuyo jornal diario es S/ 50, recibirá S/ 50 adicionales si no trabaja el 25 de diciembre. Si trabaja ese día, su remuneración por el feriado será de S/ 100.

Las empresas que no otorguen el descanso compensatorio correspondiente en caso de laborar en un feriado podrán ser sancionadas con multas de hasta S/ 270,529.50 si se afecta a más de 1,000 trabajadores.

PUBLICIDAD

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor, ingresa tu comentario
Por favor, coloca tu nombre aquí